Si el hecho de colocar enlaces a descargas directas en nuestra web era o no un delito es un debate que lleva años en la calle. Hasta ahora, todas las sentencias judiciales habían dicho que no era así. Pero ahora se ha producido un giro radical en esta materia en nuestro país cuando un juez de Bilbao ha condenado a dos webmasters a un año de prisión.
Varias asociaciones de editores de música y videojuegos habían pedido que se revisara una sentencia anterior emitida en Barakaldo que aseguraba que enlazar con un contenido que había subido a la red otro usuario no podía ser considerado como delito. Y con esta segunda sentencia se les ha dado la razón, por lo que sus protestas parecen estar dando sus frutos.
Según el juez, el hecho de que Internet tenga unas características que se basen en el anonimato y el no saber quién es el que sube los contenidos, no implica que se pueda aprovechar esa circunstancia para obtener ánimo de lucro con los contenidos cuyos derechos de autor son posesión de otras personas.
En la sentencia los jueces también aseguran que aunque los enlaces no se descargaran del servidor de los acusados se considera que este acto va en contra de los establecido en el artículo 207 del Código Penal, en el que se habla de la propiedad intelectual.
Antes de este sorprendente cambio, todas las audiencias provinciales que habían efectuado sentencias (con excepciones, como el caso de El Rincón de Jesús) que trataban casos similares iban en dirección contraria: colocar enlaces en una web no era delito porque inclumplía el mismo requisito que ahora se alega para decir que sí lo es, es decir, que es el de considerarse una comunicación pública.
[…] Facebook. Pero claro, entonces tenemos que dar nuestro nombre, cuando en realidad todos sabemos que descargar contenidos de Internet que están protegidos con derechos de autor no es algo demasiado legal. Así que muchos […]